Scroll to top
ca es

¿Necesitas asesoramiento para algún trámite?

Contactános

MODELO 720 ¿Qué es?

¿Sabéis para que sirve el modelo 720?

Pues todos aquellos que dispongan de bienes o derechos en el extranjero deberían saberlo ya que tienen hasta el 31 de marzo para declararlos mediante el modelo 720.

¿QUÉ ES EL MODELO 720 ?

Se trata de la declaración de bienes y derechos situados en el extranjero. Concretamente una declaración informativa de carácter tributario en la que deben declarar todos los bienes y derechos que se encuentren en el extranjero cuando su valor en conjunto supera los 50.000 euros.

¿QUÉ ENTENDEMOS COMO BIENES DE DERECHO EN EL EXTRANJERO ?

Pues bien :

  1. Cuentas y depósitos comercializados por bancos extranjeros que no estén ubicados en España y que por lo tanto, no se encuentren bajo la supervisión del Banco de España.
  2. Valores o derechos, acciones y participaciones, seguros de vida e invalidez, rentas temporales o vitalicias siempre que se hayan depositado, gestionado u obtenido en territorio extranjero.
  3. Bienes inmuebles ubicados en el extranjero y derechos sobre ellos.

Como hemos comentado anteriormente, la agencia tributaria establece como fecha limite el 31 de marzo para presentar el modelo 720. Sin embargo, Hacienda permitirá, a aquellos que por razones técnicas no han podido llevarlo a cabo, los siguientes tres días naturales para entregar dicho modelo.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO EL MODELO 720?

Toda persona física o jurídica que resida en España y que tenga la titularidad jurídica de bienes o derechos ubicados en el extranjero cuyo importe total sea superior a los 50.000 euros.

Por otro lado, también deben presentarlo todos aquellos que tengan la condición de representantes, apoderados o beneficiarios de los bienes o derechos situados en el extranjero.

¡Atención! En el caso de que ya hayas presentado el modelo 720 el año anterior, solo debes presentarlo de nuevo si existe un incremento superior a 20.000 euros respecto a la declaración precedente.

¿A QUÉ SANCIONES PUEDES ENFRENTARTE?

Aunque el modelo 720 es una declaración informativa y su no entrega no suponen un perjuicio económico, la presentación del modelo 720 no deja de ser una obligación tributaria. Al no cumplirse, los órganos de la Agencia Tributaria aplican sobre ellos contribuyentes que no cumplen su deber, un duro régimen sancionador.

En el caso de que el modelo 720 no se haya presentado y se haya obviado la declaración de cuentas, títulos o bienes inmuebles, el contribuyente deberá afrontar una multa económica fija de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos no declarados con un valor mínimo de 10.000 euros.

Por otro lado, si se presenta la declaración fuera de plazo, la sanción económica será de 100 euros por cada dato o conjunto de datos no mencionados, con un mínimo de 1.500 euros.

Además, los bienes y derechos no declarados o declarados de forma extemporánea se considerarán ganancias patrimoniales no justificadas y se integrarán en la base imponible general del año más antiguo no prescrito y susceptible de regularización.

Si posees bienes en el extranjero y no sabes si en tu caso debes declararlo, nuestro equipo de asesores fiscales estará encantado de ayudarte. Pide una consulta gratuita aquí.

Notícias relacionadas

Añadir comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *