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El Tribunal Supremo permite a las comunidades de vecinos prohibir los pisos turísticos por mayoría de tres quintos

La decisión unifica criterios y da a los vecinos mayor poder para limitar actividades de alquiler turístico en sus edificios.

En una decisión histórica, el Tribunal Supremo ha sentenciado que las comunidades de propietarios pueden prohibir la actividad de alquiler turístico en sus edificios mediante un acuerdo adoptado en junta con una mayoría de tres quintos, sin necesidad de unanimidad. Este fallo aclara la aplicación del artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que desde 2019 permite que las limitaciones sobre los pisos turísticos se aprueben con una mayoría reforzada y no necesariamente por consenso total.

Unificación de criterios y seguridad jurídica

Esta sentencia, respaldada de manera unánime por el tribunal, pretende resolver las contradicciones legales previas en torno al término “limitar” que aparece en la LPH, aclarando que las comunidades de vecinos pueden incluso vetar por completo la actividad turística en sus edificios si se alcanza el apoyo de tres quintas partes de los propietarios. Según el tribunal, esta decisión busca proporcionar mayor seguridad jurídica tanto a los propietarios de los inmuebles como a las comunidades, afectadas en muchos casos por problemas de convivencia y aumento de ruidos e inseguridad relacionados con el alquiler vacacional​

Implicaciones prácticas para propietarios y vecinos

Con esta nueva norma, aquellos propietarios que ya tenían permisos previos para alquilar sus viviendas con fines turísticos no se verán afectados retroactivamente; es decir, no perderán sus derechos adquiridos. Sin embargo, quienes deseen iniciar esta actividad deberán ahora contar con el visto bueno de su comunidad, siempre y cuando ésta no haya adoptado una prohibición. Esta resolución ofrece a las comunidades la oportunidad de decidir de manera democrática sobre el uso de los espacios compartidos y de evitar problemas de convivencia, ruidos, y el desgaste en zonas comunes que a menudo acompañan a los alquileres de corta estancia​

La postura del Gobierno y el impacto en la vivienda residencial

El fallo del Tribunal Supremo ha sido bien recibido en el ámbito político. La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, ha destacado que la medida “empodera a los vecinos” y contribuye a proteger el uso residencial de las viviendas, una prioridad para el Gobierno en la lucha contra la falta de acceso a vivienda asequible. En este contexto, se espera que la normativa tenga un impacto en la estabilización de los precios del alquiler, especialmente en aquellas ciudades donde el boom de los pisos turísticos ha exacerbado la escasez de opciones de vivienda para los residentes permanentes​

Perspectivas futuras para las comunidades

Este cambio normativo subraya la relevancia de las juntas de propietarios como espacio donde los vecinos pueden debatir y tomar decisiones de manera conjunta sobre el bienestar de su entorno. La posibilidad de aplicar este tipo de restricciones podría marcar un precedente en futuras decisiones de la LPH, buscando siempre un balance entre los derechos individuales de los propietarios y el interés general de la comunidad.

Esta decisión ofrece así un nuevo marco en el que, bajo determinadas circunstancias, la propiedad residencial se protege frente al alquiler turístico, al tiempo que da a los residentes la capacidad de actuar ante problemas de convivencia y protección de su hogar.

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